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26

JUL

CUÁNDO PRESCRIBEN LAS RELACIONES LABORALES?

Si eres patrón es conveniente que para evitar desembolsos innecesarios en tu negocio conozcas a partir de qué día corre el término de la prescripción del derecho de los trabajadores, ya sea para disfrutar o exigir el pago de las diferentes prestaciones legales.

En este cuadro encontrarás los detalles:

Prestación

Término y disposiciones de la LFT aplicables

Vacaciones

Un año, contado a partir de la fecha en la cual son exigibles, es decir, al día siguiente del vencimiento de los seis meses  en los cuales los patrones deben otorgalas (arts. 81 y 516)

Prima vacacional

Por ser una prestación accesoria a las vacaciones, el término prescriptorio es el mismo que para las vacaciones (art. 516)

Aguinaldo

Un año contado a partir del día 21 de diciembre del año del que se trate (art. 516 )

Participación de utilidades

Un año contado a partir de la conclusión del plazo de los 60 días con que cuenta el patrón para efectuar el pago de reparto de utilidades, esto es, en el caso de patrones personas:

  • físicas, el 30 de junio,  y
  • morales, 31 de mayo del año de que se trate

(arts. 122, primer párrafo y 516)

Prima de antigüedad

Un año contado a partir del sia siguiente a la fecha de terminación de la relación laboral (art. 516)

 

 
http://www.idconline.com.mx/laboral/2016/05/27/cundo-prescriben-las-prestaciones-laborales

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